Artículos por Contabilidad

contable-enfadadoEstoy enfadado. Y mucho. No puedo entender lo que ha pasado este año con las cuentas anuales. Vale que era la primera vez que se presentaban con el nuevo formato. Vale que se complicaban más las cosas. Vale que había que presentar más información. Pueden valer todas esas cosas y más, pero para eso la empresa correspondiente tenía el tiempo suficiente para planificar, desarrollar, programar y probar el programa en cuestión. Y visto lo visto, algo de lo anterior ha debido de fallar.

El historial de actualizaciones ha sido el siguiente:

- Día 08/06/2009:   versión 2.12

- Día 13/07/2009:   versión 2.13

- Día 24/07/2009:   versión 2.14

- Día 28/07/2009:   versión 2.15

Como se puede apreciar, cuatro actualizaciones en un mes y medio y tres de ellas en pleno proceso de presentaciones y todo ello, además, sin la más mínima explicación de los errores corregidos, bugs detectados, mejoras realizadas, etc. En vista de todo ello yo me pregunto qué garantías tenemos de que lo presentado está conforme y de que no nos echarán para atrás lo presentado debido a problemas con el programa. La respuesta es bien simple: ninguna.

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De nuevo, y ya van dos en menos de quince días, tenemos una actualización del programa que genera las cuentas anuales. Si. No ponga esa cara de asombro. Acaba de salir hoy,  se trata de la 2.14 y, por la información que me ha llegado, se indica que si ya se han generado ficheros para presentar con la versión anterior, no será necesario que se vuelvan a generar, pero que sí será necesario para futuras presentaciones. Al igual que con la anterior, se desconoce qué ha cambiado, mejorado o suprimido, por lo que no sabemos los motivos que ha llevado a la empresa de software que gestiona el programa a lanzar esta nueva versión. Todo muy clarito, oiga.

A falta de una semana para terminar el plazo de presentación nos tienen otra vez en ascuas, sin saber si lo que estamos haciendo está bien o mal y sin saber si lo que ahora sale será lo último que salga. Por si fueran pocos los cambios y por si fuera sencilla su cumplimentación, nos tienen en vilo con el dichoso programita. Como verá, todo son facilidades…

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cuentas-anuales-2008

Pues sí. Se nota que no deben haber salido muy bien las presentaciones previas o que el programa falla por algún lado, por que lo cierto es que a menos de un mes para que termine el plazo de presentación de las cuentas anuales ha salido una modificación del programa en cuestión. La versión que ahora nos interesa es la 2.13, casi un mes después de que apareciese la anterior, pero no sabemos qué novedades aporta, qué se ha modificado o qué se ha suprimido.

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cuentas-20082

Este año se van a realizar un mayor número de presentaciones telemáticas de cuentas anuales frente a años anteriores, pero el proceso para ello será diferente. Hasta el año pasado era necesario tener un certificado especial emitido por el Colegio de Registradores, incluido bien en una tarjeta o en un “llavero”, pues bien, este proceso ya no será necesario si se tiene el certificado emitido por la FNMT, común también para acceder a la oficina virtual de Hacienda.

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icacEl pasado 20 de abril indicaba en el blog que ya teníamos el programa que nos podía ayudar a confeccionar las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero del 2008, pues bien, ya tenemos también la última actualización que ha salido del mismo, la 2.12, con las últimas modificaciones legislativas incluidas ya.

La actualización se llama igual que el programa, por lo que a la hora de su descarga si os indica que ya existe otro con el mismo nombre indicadle que sí queréis sobreescribir el anterior, de esa forma siempre tendréis la última versión disponible.

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cuentas-anuales-20081

Ahora que ya ha terminado esta primera fase trimestral de impuestos, ya nos vamos preparando para la segunda, la que une la renta con el impuesto de sociedades y las cuentas anuales, amén del resto conocido. En la entrada del día 7 de abril os indicaba ya las novedades que nos iba a deparar el impuesto de sociedades para este año, pues bien, como novedad y primicia, supongo, para más de uno, en esta entrada os voy a poner un enlace para que podáis descargar ya el programa para confeccionar las cuentas anuales del 2008.

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participativos-2Ayer vimos en una primera parte las características que debían tener los préstamos participativos y las ventajas que les otorgaban a los emprendedores y pymes que los reciban, pues bien, hoy veremos las ventajas para los prestamistas y el tratamiento contable que hay que darles a este tipo de préstamos.

Las ventajas para la entidad prestamista, sea pública o privada, son las siguientes:

- Permiten rendimientos previsibles y periódicos.

- Permiten rendimientos a corto plazo.

- Hay más facilidades para desinvertir.

- Se elimina la dificultad de valoración de la empresa.

- Se posibilita un mayor rendimiento mediante la participación en los resultados.

Llegados a este punto, más de uno se preguntará qué diferencias puede haber entre este tipo de préstamo y uno tradicional. Veamos. Además de las ventajas que hemos enumerado hoy para los prestamistas y las que enumeramos en la entrada de ayer, hay que añadir las siguientes:

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participativosLas pequeñas y medianas empresas, cuando nacen o cuando quieren establecer nuevas líneas de negocio, suelen tener un problema común, que normalmente es la falta de financiación. Para solucionar ese problema o bien se aportaba más capital o se tenía que acudir a un banco, aportando una serie de garantías y avales que muchas veces terminaban ahogando a la propia empresa y a los socios. Todo ello, claro está,  si eran capaces de que la entidad financiera les hiciera caso y creyera en ellos, algo que habitualmente y cuando se trata de proyectos nuevos, suele ocurrir en raras ocasiones.

En España existe desde 1983 la figura del Préstamo Participativo, aunque es desde los últimos años cuando han adquirido mayor difusión y protagonismo, puesto que las distintas administraciones públicas han arrimado el hombro para difundir sus ventajas al amparo de la regulación establecida en el Real Decreto 7/1996, de 7 de junio y la ley 10/1996, de 18 de diciembre.

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efectivoA decir verdad, tenía varios temas sobre los que tratar hoy pero no sabía a cuál darle la prioridad, dada la importancia de todos. Al final he optado por un tema eminentemente contable, como es el tratamiento que le da el nuevo plan a la operación de desembolso parcial en la constitución o en la ampliación de capital.

Veamos el caso de una sociedad limitada que se constituye el 10 de enero de este año con un capital de 12.000 euros, suscribiéndose las participaciones en su totalidad pero desembolsando inicialmente el 50%. Posteriormente, el día 10 de febrero se ha desembolsado el resto. Esta situación se podría dar en aquellos casos en los que los socios no han obtenido la liquidez suficiente para hacer frente a la operación.

Vamos a ver cómo contabilizamos las operaciones.

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des_registro_mercantilEl pasado 8 de enero indicaba en el blog que las cuentas anuales a presentar este año ya estaban en borrador, pues bien, la aprobación de las mismas ya ha sido efectiva. Este martes 10 de febrero han sido publicados en el BOE los modelos definitivos que se deberán presentar este año respecto al ejercicio 2008, puesto que las que correspondan a ejercicios anteriores se seguirán presentando conforme a los modelos previos.

Los límites para aplicar los distintos modelos no han cambiado y aunque en la orden en la que se aprueban los modelos vienen los formatos normal, abreviado y para pymes, falta el correspondiente a las cuentas anuales consolidadas de los grupos.

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decalogoLa verdad es que llevaba buscando desde hace unos días un decálogo que pudiera definir nuestras funciones y responsabilidades como contables y hoy lo he encontrado en esta web. Al igual que a mí, a ellos también le costaron encontrarlo, e igual que yo, también lo adaptaron a su país.

Veamos. Como todo decálogo, contiene diez premisas (lo recuerdo por si alguno no lo sabe, jeje), a saber:

1.- Amar la contabilidad sobre todas las profesiones.

2.- No firmar balances ni estados financieros en vano.

3.- Santificarás el mes de agosto (no hay impuestos que presentar).

4.- Honrar a profesores, compañeros y colegas por sus experiencias compartidas, sobre todo si han sido inspecciones.

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inmuebleEn su BOICAC número 74 de Junio de 2008, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) contestaba a una consulta sobre la clasificación de un inmueble destinado al arrendamiento como inmovilizado material o como inversión inmobiliaria, ya que la empresa tenía entre sus actividades principales el alquiler de inmuebles.

Para ello, respondía de la siguiente forma:

“El Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, define las inversiones inmobiliarias -en la quinta parte. Definiciones y relaciones contables- como:

“Activos no corrientes que sean inmuebles y que se posean para obtener rentas, plusvalías o ambas, en lugar de para:

• Su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos; o

• Su venta en el curso ordinario de las operaciones”.

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