El término en cuestión que ocupa hoy el diccionario contable y de administración es absorción. Esta palabra la define el RAE como la acción de absorber que, a su vez, indica que es la acción de atraer a sÃ, cautivar o consumir enteramente.
Cuando hablamos a nivel empresarial, la absorción de una empresa indica la adquisición en su totalidad de la misma, por lo que contablemente hace referencia a la integración de su activo y de su pasivo en la compradora.
Se diferencia de la fusión en que ésta presupone un acuerdo entre las partes para llegar a un intercambio igualado y amistoso, mientras que en la absorción la empresa que absorbe juega un papel de control y dominio (dominante) respecto a la otra.
También existe el término fusión por absorción, que es un tipo de fusión en la que una de las sociedades (la que absorbe), conserva su personalidad jurÃdica, mientras que la otra u otras (las absorbidas) quedan materialmente disueltas, al aportar a la fusión todos sus activos y pasivos.
Tal como se puede ver, la absorción y la fusión por absorción son términos muy equivalente por no decir que significan lo mismo.
Antonio Guerrero
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