A decir verdad, tenÃa varios temas sobre los que tratar hoy pero no sabÃa a cuál darle la prioridad, dada la importancia de todos. Al final he optado por un tema eminentemente contable, como es el tratamiento que le da el nuevo plan a la operación de desembolso parcial en la constitución o en la ampliación de capital.
Veamos el caso de una sociedad limitada que se constituye el 10 de enero de este año con un capital de 12.000 euros, suscribiéndose las participaciones en su totalidad pero desembolsando inicialmente el 50%. Posteriormente, el dÃa 10 de febrero se ha desembolsado el resto. Esta situación se podrÃa dar en aquellos casos en los que los socios no han obtenido la liquidez suficiente para hacer frente a la operación.
Vamos a ver cómo contabilizamos las operaciones.
En primer lugar, realizamos la operación de constitución:
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CODIGO |
CUENTA |
DEBE |
HABER |
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100 |
Capital |
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12.000 |
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572 |
Bancos |
6.000 |
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5580 |
Socios por desembolsos exigidos |
6.000 |
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El 10 de febrero, cuando desembolsemos el resto, haremos lo siguiente:
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CODIGO |
CUENTA |
DEBE |
HABER |
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572 |
Bancos |
6.000 |
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558 |
Socios por desembolsos exigidos |
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6.000 |
Con este asiento la deuda que los socios mantenÃan con la sociedad se habrá saldado.
Para estos casos, el nuevo plan contable establece dos cuentas, la 5580, Socios por desembolsos exigidos sobre acciones y participaciones ordinarias y la 5585, Socios por desembolsos exigidos sobre acciones o participaciones consideradas como pasivos financieros.
Antonio Guerrero
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