Artículos con la etiqueta seguridad social

calendario-laboral-blogcontableEs natural que, para muchos de los que puedan leer este blog, hablar en estos tiempos que corren de consultar en qué fechas del año caen las fiestas locales puede ser una osadía pero, sin embargo, para otros puede resultar una buena idea si de lo que se trata es buscar con tiempo ese hotel que tanto le gustaba o las fechas para realizar el viaje con el que le había premiado la empresa las pasadas navidades.

En cualquier caso, saber si una fecha determinada no va a ser fiesta local en la ciudad a la que tenemos previsto viajar, bien por ocio, bien por trabajo, nos puede ahorrar más de un disgusto.

continua leyendo…

bajas-it-blogcontableLa verdad es que muchas veces nos quejamos de vicio, es decir, vamos al médico por que ese día no tenemos ganas de trabajar y, si es amiguete, nos dará de baja para una semana por que tenemos unos dolores de cabeza que, ya puestos, no nos dejan ni ver los partidos de los miércoles por la tele.

En empresas donde hay mucho personal, esta cuestión apenas tiene importancia, pero en las pequeñas empresas y en las que son familiares, es toda una tragedia. Me refiero a la baja que toma un trabajador por más tiempo que el que debiera, traspasando su carga de trabajo y responsabilidad a los que se queden durante ese tiempo en la empresa.

continua leyendo…

autonomos-blogcontableEl mes de septiembre es un mes tranquilo en cuanto a la presentación de impuestos se refiere pero que tiene una fecha en rojo en cuanto a la Seguridad Social, la del día 30. Hasta ese día cualquier autónomo que esté dado de alta podrá cambiar la base de cotización y, en consecuencia, la cuota a pagar cada mes. Además podrá, si así lo desea, indicar también que esos baremos (base y cuota) se incrementen de forma automática y anualmente en el mismo porcentaje que lo hagan las bases máximas de cotización en este régimen especial.

continua leyendo…

red_imagen1A partir de ayer, 9 de septiembre, la Seguridad Social ha puesto a disposición de todos los usuarios del Sistema RED la última versión de su software de envío y recepción de documentos, la WINSUITE, que pasa a la versión 7.0.0. con importantes novedades. Como paso previo (y muy importante)  a la actualización, se deberá acceder al programa y descargar todos los mensajes que pudiera haber en el buzón de correo, puesto que la nueva versión sigue un proceso distinto para descargar los mensajes, por lo que si no lo hiciera se perderían todos aquéllos que pudiera tener.

Entre las novedades de la nueva versión se pueden destacar las siguientes:

continua leyendo…

manicongreso260320091Sabía que había hoy una manifestación en Madrid convocada por asociaciones de autónomos, cansados de ver cómo se buscan soluciones millonarias para otros colectivos y, mientras, ellos están a verlas venir, cerrando numerosos negocios a diário y despidiendo a trabajadores que, en muchas ocasiones,  más que eso han sido como de la familia, por no poderles pagar. Quería esperar a la tarde para saber qué repercusión mediática habia tenido el evento. Desgraciadamente, por motivos personales no he podido ver las televisiones y conocer qué decían, pero sí he buscado por los periódicos digitales y, la verdad, como no ha habido ni heridos, ni cargas policiales, ni carnaza para los medios, la repercusión ha sido mínima. Creo que ha habido algún que otro empujón, pero, probablemente, si la convocatoria la hubieran hecho los defensores de la salamandra rabilarga, el busardo ratonero, o, incluso, el mosquito ibérico, seguro, seguro, que habrían tenido más repercusión, pero como eran los autónomos, esos que viven como quieren y trabajan cuando les da la gana, esos, que se jod, perdón, que se joroben.

continua leyendo…

maternidadEl día 21 de este mes ha salido publicado el Real Decreto 295/2009, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, con el objetivo de mejorar la integración de la mujer en el ámbito laboral.

Entre las novedades del Real Decreto habría que indicar que el acogimiento simple, siempre que su duración no se inferior a un año, y los acogimientos provisionales se encuentran entre las situaciones protegidas. Otra novedad que se recoge y que matiza como muy importante es la regulación del disfrute del subsidio en los casos en que los trabajadores por cuenta propia pasan a desempeñar su actividad a tiempo parcial.

continua leyendo…

red_imagenAsí tal como lo leen. Parece ser que las novedades legislativas que han entrado en vigor este mes y sus correspondientes modificaciones técnicas han hecho que los ficheros de cotizaciones sufrieran un retraso en su procesamiento y, en consecuencia, en el envío de las respuestas a los usuarios del sistema.

La consecuencia de todo ello es que la Seguridad Social no esté poniendo a disposición de las empresas, con el tiempo suficiente, los documentos de pago para aquellas que hayan solicitado el pago electrónico, de ahí que hayan tomado la decisión de ampliar el plazo de ingreso.

continua leyendo…

atiempoparcialActualmente, este tipo de contratos no tienen ningún tipo de bonificación ni ventajas para los empresarios que los suscriben, ya que esas medidas están limitadas a los contratos que sean indefinidos, pero a partir de que entre la norma en vigor (y ya está muy avanzada en su estudio) esas ventajas serán reales.

La bonificación, en estos casos, podría llegar hasta el 30% más que la jornada que se pacte, sin que en ningún caso se supere el cien por cien, es decir, que si se suscribe un contrato por el 50% de la jornada, la bonificación llegaría al 80% en las cuotas.

continua leyendo…

jubilacionEl pasado 30 de enero se publicó en la web de la Seguridad Social la actualización del programa “Autocálculo de pensión de jubilación“, en su versión para el año 2009. Con este programa, de fácil utilización, el usuario podrá desde su casa efectuar un cálculo aproximado de la cuantía de su futura pensión. Para ello, deberá tener a mano una serie de datos básicos, siendo los más importantes la fecha previsible de jubilación, los períodos laborales que haya tenido y las bases de cotización de los últimos 15 años anteriores.

Una vez introducidos dichos datos, el programa indicará el régimen de la Seguridad Social que será competente para el reconocimiento de la pensión, el período mínimo que se exija, el porcentaje aplicable según la edad y de los años de cotización y lo más importante, la base reguladora sobre la que se calculará la pensión.

continua leyendo…

funcionarios1

La semana pasada llamé a la Seguridad Social, concretamente al servicio del Sistema Red. Quería saber cuando le iban a devolver el dinero a una empresa para la que le habia presentado el TC1 de octubre y noviembre (de momento) con saldo acreedor, es decir, no tenían que pagar sino que les tenían que devolver, estábamos a mediados de enero y todavía no habian recibido ninguna notificación al respecto.

continua leyendo…